Artículo 131. Procedimientos.
Artículo 131 de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-6879
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-28.
Texto consolidado
El Comité de Justicia Deportiva de Castilla-La Mancha actuará a través de los siguientes procedimientos, cuya concreción se determinará reglamentariamente:
1. Procedimiento para la emisión de informes.
2. Procedimiento sancionador.
3. Procedimiento en vía de recurso contra resoluciones en materia de disciplina deportiva relativa a infracciones de las reglas del juego y la competición.
4. Procedimientos en vía de recurso contra resoluciones en materia de disciplina deportiva relativa a infracciones a la convivencia deportiva.
5. Procedimientos en vía de recurso contra la actividad de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha en el ejercicio de las funciones públicas delegadas.
6. Procedimientos de reclamación contra las resoluciones dictadas por las juntas electorales de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha.
7. Procedimientos en vía de recurso contra el reglamento electoral y la convocatoria de proceso electoral de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha.
8. Procedimientos de arbitraje y resolución extrajudicial de conflictos.