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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 131. Tarifa.

Artículo 131 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-5183

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-30.

Texto consolidado

La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa:

20.01 Inscripción en cada convocatoria para la obtención de la habilitación como Guía de Turismo en la Comunidad de Madrid: 25,01 euros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-10-30.

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