Artículo 130. Autorización de ampliaciones de crédito.
Artículo 130 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-10085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-01.
Texto consolidado
Las ampliaciones de crédito previstas en el artículo anterior serán autorizadas por el titular de la Consejería de Hacienda.