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Real Decreto-ley Vigente

Artículo 13. Competencia de los servicios públicos de empleo.

Artículo 13 del Real Decreto-ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica. · BOE-A-2008-6994

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-04-22.

Texto consolidado

Corresponde a los servicios públicos de empleo competentes la determinación de la forma y plazos de la presentación de solicitudes de las subvenciones previstas en esta norma. Asimismo, corresponderá a los servicios públicos de empleo la tramitación del procedimiento, respetando la naturaleza jurídica de las subvenciones, la resolución y, en su caso, el pago de las subvenciones y la realización de los controles necesarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-04-22.

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