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Real Decreto-ley Derogada

Artículo 13. Costes.

Artículo 13 del Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. · BOE-A-2012-6929

Atención: Real Decreto-ley 19/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los costes derivados de las actividades previstas en el artículo 8 serán cargados directamente a la cuenta de situación de fondos del Gobierno extranjero.

2. Los gastos ocasionados al Ministerio de Defensa por la prestación de servicios que se deriven de la realización de las actividades descritas en el artículo 8 serán reembolsados, con cargo a la citada cuenta, mediante ingreso a favor del Tesoro Público.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-05-27.

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