Artículo 13. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Artículo 13 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2020-1246
Atención: Real Decreto 139/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Energía, de la que dependen el Comisionado para el Impulso de la Energía Sostenible en Sistemas Insulares, con rango de Subsecretaría, y la Dirección General de Política Energética y Minas.
B) La Secretaría de Estado de Medio Ambiente, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General del Agua.
2.º La Oficina Española del Cambio Climático, con rango de Dirección General.
3.º La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
4.º La Dirección General de la Costa y el Mar.
5.º La Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación.
C) La Secretaría General para el Reto Demográfico, con rango de Subsecretaría, de la que dependerá la Dirección General de Políticas contra la Despoblación.
D) La Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de la que dependerán los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General Técnica.
2.º La Dirección General de Servicios.
2. Quedan suprimidas la Dirección General de Biodiversidad y Calidad Ambiental y la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-11134.