Artículo 13. Sujetos obligados y solicitudes.
Artículo 13 de la Orden ITC/3748/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los contadores incorporados a las máquinas recreativas y de azar de tipo «B» y «C». · BOE-A-2006-21507
Atención: Orden ITC/3748/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los titulares de máquinas recreativas en servicio, estarán obligados a solicitar cada cuatro años la verificación periódica de los sistemas contadores de las mismas, quedando prohibido su uso en el caso de que no se supere esta fase de control metrológico.
2. La solicitud de verificación se presentará acompañada del boletín establecido en el anexo III de esta orden.