Artículo 13. Contenido de los asientos registrales de Cursos.
Artículo 13 de la Orden INT/1135/2019, de 6 de noviembre, por la que se regula el régimen, organización y funcionamiento del registro de centros, cursos y títulos de la Guardia Civil. · BOE-A-2019-16686
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-02-20.
Texto consolidado
La inscripción en la Sección Cursos ha de contener, al menos, los siguientes datos:
a) Clave registral: A efectos de su identificación, se otorgará una clave registral a cada uno de los cursos.
b) Denominación del curso.
c) Centros en los que se imparte.
d) Unidad, centro u organismo que lo gestiona.
e) Tipo de enseñanza.
f) Perfil de ingreso
g) Aptitudes, cualificaciones específicas o competencias.
h) Duración del plan de estudios y créditos ECTS/horas totales.
i) Plan de estudios.
j) Nivel del curso de acuerdo con el Marco Español de Cualificaciones, en su caso o equivalencia del Sistema Educativo Español.
k) Título o Diploma que proporciona.
l) Servidumbres.
m) Sistema de garantía interna de calidad comprendido en el plan de estudios.
n) Histórico.