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Orden Vigente

Artículo 13. Contenido de los asientos registrales de Cursos.

Artículo 13 de la Orden INT/1135/2019, de 6 de noviembre, por la que se regula el régimen, organización y funcionamiento del registro de centros, cursos y títulos de la Guardia Civil. · BOE-A-2019-16686

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-02-20.

Texto consolidado

La inscripción en la Sección Cursos ha de contener, al menos, los siguientes datos:

a) Clave registral: A efectos de su identificación, se otorgará una clave registral a cada uno de los cursos.

b) Denominación del curso.

c) Centros en los que se imparte.

d) Unidad, centro u organismo que lo gestiona.

e) Tipo de enseñanza.

f) Perfil de ingreso

g) Aptitudes, cualificaciones específicas o competencias.

h) Duración del plan de estudios y créditos ECTS/horas totales.

i) Plan de estudios.

j) Nivel del curso de acuerdo con el Marco Español de Cualificaciones, en su caso o equivalencia del Sistema Educativo Español.

k) Título o Diploma que proporciona.

l) Servidumbres.

m) Sistema de garantía interna de calidad comprendido en el plan de estudios.

n) Histórico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-02-20.

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