Artículo 13. Delegación de competencias en el ámbito de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.
Artículo 13 de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado. · BOE-A-2021-2527
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-19.
Texto consolidado
Se delega en la persona titular de la Subsecretaría las competencias atribuidas a la persona titular del Ministerio de Hacienda en los párrafos d), h), i), j) y m) del artículo 8.1 del Estatuto de la entidad pública empresarial Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, aprobado por Real Decreto 1114/1999, de 25 de junio, por el que se adapta la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre a la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se aprueba su Estatuto y se acuerda su denominación como Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.
Más artículos de Orden HAC/134/2021
- ← Artículo 12. Delegación de competencias en materia de consorcios de las zonas francas.
- → Artículo 14. Delegación de competencias en materia de publicaciones.
- Ver la norma completa: Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.