El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 13. Información sobre la fecha y hora de llegada y salida reales de los buques.

Artículo 13 de la Orden FOM/1194/2011, de 29 de abril, por la que se regula el procedimiento integrado de escala de buques en los puertos de interés general. · BOE-A-2011-8339

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-05-14.

Texto consolidado

1. Las autoridades portuarias enviarán al organismo público Puertos del Estado, por medios electrónicos y mediante un mensaje estructurado, como máximo tres horas después de la entrada y de la salida del puerto, la información relativa a la fecha y hora real de llegada y de salida, respectivamente, junto con los datos especificados en el anexo V de esta orden, de cualquier buque que haga escala en los puertos de interés general de su competencia.

El organismo público Puertos del Estado remitirá esa información, también por medios electrónicos, a la Dirección General de la Marina Mercante; así como a EMSA a través del sistema SafeSeaNet.

2. A los efectos del apartado anterior, las autoridades portuarias tomarán como referencia para establecer el momento de llegada y salida de puerto la misma información que se utiliza para la liquidación de las tasas portuarias de acuerdo a la normativa vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-05-14.

Más artículos de Orden FOM/1194/2011

En El Vínculo puedes leer Orden FOM/1194/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.