Artículo 13. Solicitud de participación en la subasta.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-09.
Texto consolidado
1. La solicitud de participación en el mecanismo de subasta se dirigirá, mediante medios electrónicos, a la entidad administradora de la subasta, incluyendo la información que se detallará en la resolución del Secretario de Estado de Energía en la que se establezca el procedimiento y las reglas de la subasta.
2. Las solicitudes de participación en la subasta irán acompañadas de las garantías de participación en la misma según se establezca en la referida resolución.
3. La entidad administradora de la subasta verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la resolución por la que se establece el procedimiento y las reglas de la subasta. Serán participantes calificados para participar en la subasta aquellos que cumplan dichos requisitos.
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