Artículo 13. Errores máximos permitidos.
Artículo 13 de la Orden de 27 de abril de 1999 por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, en sus fases de verificación, después de reparación o modificación y de verificación periódica. · BOE-A-1999-10359
Atención: BOE-A-1999-10359 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los errores máximos permitidos en la verificación periódica serán los que se establecen en el apartado 3.5.2 de la norma UNE-EN 45501.
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