Artículo 13. Reuniones del Pleno.
Artículo 13 de la Orden de 10 de diciembre de 1987 por la que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo Social de la Universidad Politécnica de Madrid. · BOE-A-1987-28076
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-03-31.
Texto consolidado
El Pleno del Consejo Social se reunirá en sesión ordinaria al menos tres veces al año, coincidiendo con cada trimestre académico. En sesión extraordinaria se reunirá cuando sea convocada por el Presidente y en el supuesto previsto en el artículo 10, 2, e) de su Reglamento.
La convocatoria suscrita por el Secretario contendrá el orden del día e información al respecto y deberá efectuarse con una antelación mínima de seis días hábiles a la fecha de su celebración o de tres días hábiles cuando se acrediten razones de urgencia.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1997-5227.