Artículo 13. Derechos de las personas menores de edad.
Artículo 13 de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias. · BOE-A-2018-15138
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-11-06.
Texto consolidado
1. Las personas menores de edad tienen derecho a recibir la atención integral necesaria para el desarrollo de su personalidad y su bienestar en el contexto familiar y social.
2. Primará el interés y beneficios de las personas menores, en coordinación con los de la familia, en la aplicación e interpretación de normas, políticas y todo tipo de medidas orientadas a las mismas.