El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Artículo 13. Régimen de usos.

Artículo 13 de la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de Vías Pecuarias de Navarra. · BOE-A-1998-2915

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-12-25.

Texto consolidado

Los usos de las vías pecuarias vienen derivados de la definición que de las mismas se hace en el artículo 2 de esta Ley Foral. Éstos pueden abarcar no sólo el tránsito ganadero que es el propio, sino también aquellos que sean compatibles o complementarios con esta actividad y no supongan deterioro de las vías pecuarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-12-25.

Más artículos de Ley Foral 19/1997

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 19/1997 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.