Artículo 13. Capitalidad.
Artículo 13 de la Ley 8/2018, de 28 de junio, de actualización de los derechos históricos de Aragón. · BOE-A-2018-11933
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-29.
Texto consolidado
1. La capital de Aragón es la ciudad de Zaragoza, que constituye la sede permanente de las instituciones autonómicas aragonesas, sin perjuicio de que las mismas puedan reunirse en otros lugares de Aragón, con arreglo a lo previsto en las leyes.
2. En su condición de capital, Zaragoza dispondrá de un régimen especial establecido por una ley de las Cortes de Aragón.