Artículo 13. Fomento del relevo generacional.
Artículo 13 de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de apoyo y fomento del emprendimiento y del trabajo autónomo en Aragón. · BOE-A-2019-7787
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-02.
Texto consolidado
1. La Administración de la Comunidad Autónoma pondrá en marcha medidas específicas e incentivos para fomentar el relevo generacional de los empresarios y autónomos próximos a la jubilación y para garantizar la continuidad de la ocupación y de las actividades económicas sostenibles que potencialmente pudieran finalizar por jubilación.
2. Para ello el Instituto Aragonés de Empleo y el Instituto Aragonés de Fomento, cada uno en el ámbito de sus competencias, en colaboración con las Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos y las organizaciones empresariales más representativas, contarán con una relación actualizada de traspasos de negocios que carecen de relevo, así como con un asesoramiento específico para estos casos concretos, apoyando especialmente el relevo generacional en zonas rurales y a favor de jóvenes, mujeres, personas con discapacidad, mayores de cuarenta y cinco años, migrantes, desempleados de larga duración o personas en situación o en riesgo de exclusión social.