Artículo 13. Objeto de los procesos de participación ciudadana.
Artículo 13 de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía. · BOE-A-2018-1548
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-05.
Texto consolidado
Los procesos de participación ciudadana se podrán desarrollar sobre los siguientes asuntos o materias, siempre que no sean contrarias al ordenamiento jurídico:
a) Proposición, adopción, seguimiento y evaluación de las políticas públicas con singular impacto o relevancia.
b) La elaboración de instrumentos de planificación para la determinación de políticas.
c) La priorización sobre aspectos puntuales del gasto.
d) La elaboración de leyes y reglamentos.
e) La prestación, seguimiento y evaluación de los servicios públicos.