Artículo 13. Disolución y modificación.
Artículo 13 de la Ley 7/2001, de 31 de mayo, de Creación de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación. · BOE-A-2001-11963
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-13.
Texto consolidado
1. La disolución de la Agencia se produce por Ley, la cual ha de establecer el procedimiento de liquidación y la forma mediante la cual los órganos de la Agencia continúan ejerciendo las funciones hasta que la liquidación sea total.
2. La modificación de la naturaleza jurídica de la Agencia requiere una Ley del Parlamento.