Artículo 13. Calificación de infracciones.
Artículo 13 de la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio. · BOE-A-2007-19321
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-08.
Texto consolidado
Las infracciones se califican como muy graves, graves o leves, atendiendo a los criterios de riesgo o daño para los animales y al grado de intencionalidad.