Artículo 13. Derecho al rechazo y a la retirada de una intervención.
Artículo 13 de la Ley 3/2025, de 23 de junio, de garantías y derechos de las personas con necesidades paliativas. · BOE-A-2025-13560
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-06-26.
Texto consolidado
1. Los pacientes tendrán los siguientes derechos:
a) A rechazar las intervenciones propuestas, tras un proceso de información y decisión, a pesar de que esto pueda suponer un riesgo para su vida.
b) A solicitar la interrupción de los tratamientos una vez instaurados.
c) A recibir información de los efectos y posibles riesgos, como de las consecuencias de su no aceptación, de modo adecuado, comprensible y accesible.
2. El rechazo a la retirada de una intervención constituye un derecho que debe ser respetado a pesar de no coincidir en el criterio clínico.
3. La negativa a recibir una intervención o tratamiento, o la decisión de interrumpirlo, no supondrá menoscabo alguno en el resto de atención sanitaria que se le dispense, especialmente en lo referido a la destinada a paliar el sufrimiento.