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Ley Vigente

Artículo 13. Reclamaciones de los usuarios.

Artículo 13 de la Ley 2/2011, de 2 de marzo, de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Región de Murcia. · BOE-A-2012-2265

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-31.

Texto consolidado

En el caso en que el espectador, participante o usuario considere que el ejercicio del derecho de admisión o las condiciones de acceso al establecimiento, local o instalación son contrarias a la legislación vigente y en particular a la presente ley, podrá formular la reclamación que estime en la hoja de reclamaciones existente en el establecimiento a disposición del público de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente en materia de protección de los consumidores y usuarios, sin perjuicio de ejercitar las demás acciones legales que considere pertinentes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-31.

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