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Ley Vigente

Artículo 13. Relaciones entre organizaciones interprofesionales agroalimentarias.

Artículo 13 de la Ley 18/2015, de 29 de julio, de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias. · BOE-A-2015-9677

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-24.

Texto consolidado

Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias reconocidas de acuerdo con lo establecido por la presente ley pueden asociarse con otras organizaciones interprofesionales agroalimentarias o entidades de naturaleza y objetivos similares. Los acuerdos de asociación deben remitirse al Registro de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias de Cataluña.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-08-24.

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