Artículo 13. Actuación de la persona mediadora.
Artículo 13 de la Ley 15/2009, de 22 de julio, de mediación en el ámbito del derecho privado. · BOE-A-2009-13567
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-19.
Texto consolidado
La persona mediadora ejerce su función favoreciendo una comunicación adecuada entre las partes y, por lo tanto:
a) Facilita el diálogo, promueve la comprensión entre las partes y ayuda a buscar soluciones al conflicto.
b) Vela por que las partes tomen sus propias decisiones y tengan la información y el asesoramiento suficientes para alcanzar los acuerdos de forma libre y consciente.
c) Comunica a las partes la necesidad de velar por el interés superior en juego.