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Ley Vigente

Artículo 13. Garantías adicionales.

Artículo 13 de la Ley 13/1996, de 29 de julio, del Registro y el Depósito de Fianzas de los Contratos de Alquiler de Fincas Urbanas y de Modificación de la Ley 24/1991 de la Vivienda. · BOE-A-1996-19382

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-08-03.

Texto consolidado

Sin perjuicio de la obligación del depósito de la fianza regulado en la presente Ley y en la legislación de arrendamientos urbanos, el arrendatario y el arrendador pueden establecer otras garantías adicionales, incluida la suscripción de una póliza de seguro, para garantizar que la vivienda arrendada sea devuelta en su estado original.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-08-03.

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