Artículo 13. Derechos económicos.
Artículo 13 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo. · BOE-A-2003-11270
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-29.
Texto consolidado
Constituyen los derechos económicos del Servicio Canario de Empleo, cuya administración, gestión y recaudación le corresponden:
a) Los que le sean asignados con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
b) Los ingresos ordinarios y extraordinarios que legalmente esté autorizado a percibir.
c) Las subvenciones, legados y aportaciones voluntarias de entidades y particulares.
d) Las aportaciones o asignaciones que se transfieran conjuntamente con servicios procedentes de otras administraciones públicas.