Artículo 13. Formación continua.
Artículo 13 de la Ley 10/2013, de 21 de octubre, de apoyo a emprendedores, autónomos y Pymes. · BOE-A-2013-11691
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-26.
Texto consolidado
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja garantizará el derecho a la formación y a la readaptación profesional permanente de los emprendedores, de los autónomos, de las microempresas y de las pequeñas y medianas empresas, mediante su acceso a programas diseñados específicamente para su ámbito.
2. A tal efecto, la Administración competente promoverá la celebración de cursos de formación en colaboración con entidades públicas o privadas orientados entre otros al fomento de la cultura empresarial, los modelos de negocio y la gestión eficiente de los mismos.