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Ley Vigente

Artículo 13. Régimen de personal.

Artículo 13 de la Ley 10/2006, de 26 de diciembre, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales. · BOE-A-2007-666

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-31.

Texto consolidado

El personal del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales podrá ser funcionario o laboral, en los mismos términos y condiciones que los establecidos para el resto del personal de la Administración de la Junta de Andalucía, y de conformidad con la normativa aplicable.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-31.

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