Artículo 13. Obligatoriedad de la planificación energética regional.
Artículo 13 de la Ley 10/2006, de 21 de diciembre, de Energías Renovables y Ahorro y Eficiencia Energética de la Región de Murcia. · BOE-A-2007-9419
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-02-02.
Texto consolidado
Con carácter periódico, en el marco de la planificación europea y estatal, y en colaboración con los agentes del sector energético, el Gobierno regional elaborará la planificación energética regional.