Artículo 13. Las Gerencias Provinciales.
Artículo 13 de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del servicio público de empleo de Castilla y León. · BOE-A-2003-8798
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-15.
Texto consolidado
1. En el ámbito provincial, la gestión del Servicio Público de Empleo se realizará a través de las correspondientes Gerencias Provinciales, que asumirán las competencias que se les atribuyan reglamentariamente.
2. Las Gerencias Provinciales ostentarán la representación del Servicio Público de Empleo en el ámbito de su demarcación y velarán por el cumplimiento de los fines de la misma.
3. Su estructura y funcionamiento se regulará en el Reglamento del Servicio Público de Empleo.