Artículo 13. Calidad.
Artículo 13 de la Ley 1/2011, de 28 de marzo, de Mediación de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2011-7406
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-05-05.
Texto consolidado
1. La Consejería competente en materia de Justicia fomentará la elaboración de códigos de conducta voluntarios y la adhesión de las personas mediadoras y las organizaciones que presten servicios de mediación a dichos códigos, así como otros mecanismos efectivos de control de calidad referentes a la prestación de servicios de mediación.
2. La Consejería competente en materia de Justicia fomentará la formación inicial y continua de las personas mediadoras para garantizar que la mediación se lleve a cabo de forma eficaz, imparcial y competente en relación con las partes.