Artículo 13. Impulso del ahorro y la eficiencia energética.
Artículo 13 de la Ley 1/2007, de 15 de febrero, de fomento de las Energías Renovables e Incentivación del Ahorro y Eficiencia Energética en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-9936
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-14.
Texto consolidado
1. Los poderes públicos competentes en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha establecerán los instrumentos jurídicos necesarios para impulsar el ahorro y la eficiencia energética.
2. Al objeto de obtener una actuación integrada de los diferentes sectores, la planificación urbanística deberá prever las medidas necesarias para reducir las necesidades de movilidad, fomentar el uso del transporte público, atender a las necesidades de infraestructuras de suministro energético y optimizar el aprovechamiento energético de los edificios.
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