El Vínculo El Vínculo.
Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 13.

Artículo 13 del Instrumento de Ratificación del Convenio número 154 de la Organización Internacional del Trabajo sobre el Fomento de la Negociación Colectiva, adoptado en Ginebra el 19 de junio de 1981. · BOE-A-1985-23108

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-09-11.

Texto consolidado

1. El Director general de la Oficina Internacional del Trabajo notificará a todos los Miembros de la Organización Internacional del Trabajo el registro de cuantas ratificaciones, declaraciones y denuncias le comuniquen los Miembros de la Organización.

2. Al notificar a los Miembros de la Organización el registro de la segunda ratificación que le haya sido comunicada, el Director general llamará la atención de los Miembros de la Organización sobre la fecha en que entrará en vigor el presente Convenio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-09-11.

Más artículos de BOE-A-1985-23108

En El Vínculo puedes leer BOE-A-1985-23108 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.