Artículo 13. Cuantía de la ayuda.
Artículo 13 del Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social. · BOE-A-2020-8751
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-04.
Texto consolidado
Se establecen dos tipos de ayudas.
1. En caso de que la inscripción se realice para participar en colonias, acampadas, estancias deportivas, rutas, rutas deportivas o campos de trabajo, la cuantía de la ayuda económica será de cien euros (100 euros).
2. En caso de que la inscripción se realice en una actividad sin pernoctación regulada por el Decreto 267/2016, será de ochenta euros (80 euros).
En todos los casos la actividad a la que la persona beneficiaria inscriba a sus hijos e hijas deberá haber sido notificada correctamente a la Dirección General de Juventud y su duración mínima será de 7 días. En el caso de las actividades sin pernoctación la duración diaria mínima de la actividad debe ser de 5 horas.