Artículo 13.
Artículo 13 del Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre Incendios Forestales. · BOE-A-1973-208
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-28.
Texto consolidado
1. La Dirección del ICONA establecerá las normas orientadoras de los tipos y dimensiones de las fajas cortafuegos que deban abrirse en los montes, así como las referentes al estado de limpieza del suelo y a otras de carácter selvícola en relación con la prevención y extinción de incendios.
2. En los planes comarcales de defensa contra incendios se detallará el trazado de dichas fajas, así como los trabajos de limpieza de arbolado y de eliminación de matorral o pasto, que deban ejecutarse en los montes como medidas preventivas.
Téngase en cuenta que mantendrá su vigencia en aquellas comunidades y ciudades autónomas que no tengan normativa aprobada en la materia, en tanto no se dicte dicha normativa.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2005-5037.