Artículo 13. Contenido y formato detallado para el seguimiento de los planes de inversión.
Artículo 13 de la Circular 5/2019, de 5 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica. · BOE-A-2019-18260
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-20.
Texto consolidado
Previo trámite de audiencia, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia establecerá mediante resolución el contenido y formato en el que se deberá presentar la información para el seguimiento de los planes de inversión anuales de las empresas propietarias de instalaciones de transporte.
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- Ver la norma completa: Circular 5/2019, de 5 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica.