Artículo 13. Régimen general de solicitudes.
Artículo 13 del Acuerdo de 25 de febrero de 2010, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2010, que regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales. · BOE-A-2010-3608
Atención: BOE-A-2010-3608 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las solicitudes se dirigirán al Presidente del Consejo General del Poder Judicial especificando las plazas concretas solicitadas por orden de preferencia si se estuviera interesado en más de una de ellas.
2. Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del acuerdo de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del Consejo General del Poder Judicial o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las peticiones que se cursen a través de las Oficinas de Correos deberán presentarse en sobre abierto para que el funcionario correspondiente pueda estampar la fecha en ellas.
3. En las solicitudes deberá figurar la manifestación expresa de que el peticionario cumple los requisitos exigidos en la convocatoria a la fecha en que expire el plazo de presentación establecido.
El cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria habrá de mantenerse hasta la toma de posesión.
4. Los solicitantes podrán acompañar a su instancia una relación circunstanciada de sus méritos y demás extremos que se mencionen en la convocatoria, sin perjuicio de lo que establecen los artículos 14 y 15.2 del presente Reglamento.
Más artículos de BOE-A-2010-3608
- ← Artículo 12. Régimen general de convocatorias.
- → Artículo 14. Solicitudes de miembros de la Carrera Judicial.
- Ver la norma completa: Acuerdo de 25 de febrero de 2010, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2010, que regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales.