Artículo 129.
Artículo 129 de la Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar. · BOE-A-1989-8712
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-05-08.
Texto consolidado
Los procedimientos judiciales ordinarios que pueden instruir los Jueces Togados son: diligencias previas y sumarios.