Artículo 129. Ámbito de aplicación.
Artículo 129 de la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4749
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-16.
Texto consolidado
El procedimiento extraordinario será aplicable para las infracciones a la conducta deportiva a que se refiere el artículo 107.1 y que no constituyan propiamente infracciones a las reglas del juego o la competición.