Artículo 127.
Artículo 127 de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat. · BOE-A-2014-970
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.
Texto consolidado
Se modifica el artículo 9 de la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunitat Valenciana, que queda redactado como sigue:
«Artículo 9. Órganos competentes de la Generalitat.
La actuación de la Generalitat en las materias a que se refiere la presente ley se llevará a cabo a través del Gobierno Valenciano y de la Conselleria competente en medio ambiente.»