Artículo 125. Concepto.
Artículo 125 de la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2023-13669
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-03.
Texto consolidado
La Comisión Antidopaje del Deporte de las Illes Balears es el órgano al cual corresponde promover la protección de la salud de los deportistas y desarrollar una política de prevención, de control y de sanción por la utilización de productos, sustancias y métodos prohibidos, como también una política dirigida a la reincorporación a la competición deportiva.