Artículo 125. Cooperativas de asistencia sanitaria.
Artículo 125 de la Ley 11/2019, de 20 de diciembre, de Cooperativas de Euskadi. · BOE-A-2020-615
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-21.
Texto consolidado
1. Son aquellas cooperativas de seguros cuya actividad empresarial consiste en cubrir riesgos relativos a la salud de sus personas socias y sus beneficiarias.
2. A estas cooperativas les será de aplicación las normas establecidas para las cooperativas de seguros del artículo 124.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-18036.