Artículo 123. Suspensión del Programa Integrado y Personal de Inclusión.
Artículo 123 de la Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión. · BOE-A-2023-1405
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-29.
Texto consolidado
Cuando sea imposible el cumplimiento del Programa Integrado y Personal de Inclusión por parte de la persona o personas destinatarias, se suspenderá de forma temporal la obligatoriedad del cumplimiento de los compromisos derivados del mismo, hasta tanto desaparezca o se modifique la situación de imposibilidad.