Artículo 123.
Artículo 123 del Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario. · BOE-A-1973-167
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-02-23.
Texto consolidado
Las actuaciones a que se refiere el apartado 2, párrafo b), del artículo 92, se regirán por las normas sobre zonas regables de interés nacional, con las variantes que imponga la naturaleza de la transformación y las que se establecen en los artículos siguientes.