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Ley Vigente

Artículo 122. Entes para la Gestión del Planeamiento.

Artículo 122 de la Ley 5/2022, de 15 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria. · BOE-A-2022-13844

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-22.

Texto consolidado

1. Los Ayuntamientos y el Gobierno de Cantabria podrán constituir para llevar a efecto la gestión del planeamiento, entes de naturaleza pública o privada para la ejecución del planeamiento territorial o urbanístico correspondiente, así como agruparse con otros y constituir entes conjuntos en los términos previstos en la legislación de régimen local.

2. También se podrán suscribir convenios interadministrativos para la gestión del planeamiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-09-22.

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