Artículo 121. Modificación de la Ley 15/2002, de 1 de julio, por la que se declara el Parque Nacional marítimo-terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia.
Artículo 121 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. · BOE-A-2002-25412
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
El apartado 2 «Archipiélago de las Islas Ons y Onza» del anexo de la Ley 15/2002, de 1 de julio, por la que se declara el Parque Nacional marítimo-terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia queda redactado en los siguientes términos:
«El espacio marítimo-terrestre poligonal, configurado por los siguientes vértices:
Archipiélago de Ons y Onza
Punto
Denominación
X
Y
1
Punta Centolo (NE).
506.776
4.694.993
2
Bajos de los Camoucos (E).
507.742
4.693.313
3
Bajos Laxiña de Galera (SE).
506.129
4.687.525
4
Bajo Menguella (S).
503.943
4.685.855
5
Bajo Cabeza del Rico (O).
503.233
4.691.413
6
Bajos de Bastián de Val (NO).
505.124
4.695.307
que rodea las Islas de Ons y Onza, e islotes adyacentes. Dicho archipiélago está ubicado en la entrada de la ría de Pontevedra, término municipal de Bueu, y comprende una superficie de 2.171 hectáreas marítimas y 470 hectáreas terrestres.»
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