Artículo 120. Cuantía.
Artículo 120 de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. · BOE-A-1999-2944
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
1. Inscripción de la huella de carbono o plan de reducción de emisiones de las grandes y medianas empresas en el Registro balear de huella de carbono.
1.1 Inscripción huella de carbono: 50,17€.
1.2 Entrega plan de reducción de emisiones: 50,17€.
2. Autorización e inscripción de actividad potencialmente contaminante de la atmósfera (APCA).
2.1 Primera autorización APCA grupo A: 129,39€.
2.2 Renovaciones o modificaciones de la autorización APCA grupo A: 43,13€.
2.3 Primera autorización APCA grupo B: 107,83€.
2.4 Renovaciones o modificaciones de la autorización APCA grupo B: 37,74€.
2.5 Primera inscripción APCA grupo C: 53,90€.
2.6 Renovaciones o modificaciones de la inscripción APCA grupo C: 18,34€.
3. Autorizaciones de organismos de control para la atmósfera.
3.1 Primera autorización: 129,39€.
3.2 Renovaciones o modificaciones de la autorización: 43,13€.
4. Autorizaciones de emisiones de gases de efecto invernadero.
4.1 Primera autorización: 161,73€.
4.2 Renovaciones o modificaciones de la autorización: 53,90€.
5. Informes de emisiones.
5.1 Revisión de un informe de emisiones hecho por un organismo de control autorizado: 10,78€.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-807.