Artículo 12. Contenido de los planes de formación.
Artículo 12 de la Resolución de 21 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018. · BOE-A-2018-4221
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.
Texto consolidado
Los planes de formación que se presenten ante las Comisiones de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas o, en los casos en que así proceda, ante la Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas tendrán, al menos, el siguiente contenido:
a) Sistema de detección de necesidades.
b) Objetivos generales y descripción de las acciones a desarrollar.
c) Ámbito de aplicación del plan (territorial y organizativo).
d) Colectivos afectados, perfil de los destinatarios y número total de participantes previstos.
e) Criterios de selección de los participantes.
f) Modalidad de gestión de las acciones formativas.
g) Opciones metodológicas previstas.
h) Previsiones acerca del seguimiento de las acciones formativas, tanto durante su desarrollo como al final del mismo.
i) Criterios de evaluación del plan de formación.
j) Calendario de ejecución previsto.
k) Coste de las distintas acciones formativas y coste total del plan para el que se solicita financiación.
l) Informe acreditativo del mantenimiento del esfuerzo formativo.
m) Sistema de coordinación y cooperación, en su caso, con otros posibles promotores de planes de formación.
n) Grado de participación de los sindicatos en el diseño, planificación, programación, control, seguimiento y evaluación de la oferta formativa.
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- Ver la norma completa: Resolución de 21 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.