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Resolución Vigente

Artículo 12. Actividades y servicios como complemento a la visita.

Artículo 12 de la Resolución de 17 de diciembre de 2020, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Permanente del Real Patronato del Museo Nacional del Prado, en el que se fijan los precios públicos de entrada al Museo. · BOE-A-2020-16784

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Texto consolidado

1. Condiciones específicas para la venta de Actividades y servicios como complemento a la visita.

a) La entrada al Museo podrá complementarse con otros servicios o actividades que, con carácter general, deberán estar vinculados a la visita y a la entrada adquirida para realizarla.

b) Una vez realizada la compra de los mismos, la entrada adquirida que los contenga sólo podrá ser canjeada por el servicio o complemento recogido en ella en la fecha de realización de la visita.

c) Las actividades o servicios adquiridos no admiten cambios ni devoluciones, salvo en aquellos casos en los que quede establecido en la normativa interna del Museo.

d) Dichos complementos podrán ser adquiridos en las taquillas y/o a través de sistemas telemáticos u otros canales de venta que el Museo establezca y según se indique en los procedimientos de funcionamiento del Museo. Ello se hará con el fin de fomentar su uso y dar un mejor servicio al visitante.

2. Actividades y servicios.

a) Audioguía.

La prestación de este servicio se establece por un importe de 5 € por persona.

El préstamo será gratuito en el caso de dispositivos accesibles, signoguías y audioguías con audiodescripción, así como para los menores de 12 años que realicen el «recorrido familiar» en compañía de al menos un adulto con audioguía de pago.

Los miembros de la Fundación Amigos del Museo del Prado se beneficiarán de un descuento del 20% en la prestación de este servicio.

b) Sistema de Guiado de grupo.

El uso del sistema de guiado de grupos es obligatorio en el Museo para las visitas en grupo, excepto para las escolares menores de 18 años. La prestación de este servicio se establece por un importe de 1 € por persona.

La prestación de este servicio será gratuito en los siguientes casos:

a’ Visita en grupo del Programa para escolares

b’ Visita en grupo organizadas por el Museo dentro de su programación habitual y su actividad institucional.

c) Visita guiada.

El servicio de visita guiada en grupo ofrecido en el horario de apertura y como parte de la programación del Museo tendrá un importe de 10 € por persona.

Los menores de 12 años acompañados por adultos podrán acceder a este servicio de forma gratuita.

d) Reserva para visita en grupo.

Las visitas en grupo descritas en el artículo 4, deben abonar el precio correspondiente a la reserva anticipada en el momento de hacerla efectiva. El precio para grupos con reserva anticipada se establece por los siguientes importes:

a’ Grupo con entrada general: 15 € por grupo.

b’ Grupo con entrada reducida: 10 € por grupo.

c’ Grupo con entrada gratuita: 5 € por grupo.

Los grupos que, por circunstancias extraordinarias, no hubiesen podido formalizar su reserva en el tiempo y forma establecida, deberán abonar en taquilla el mismo día de su visita, siempre y cuando hubiese disponibilidad para las visitas de grupo, el precio establecido para visita en grupo sin reserva, según la modalidad correspondiente descrita en el artículo 4. El precio para grupos sin reserva anticipada se establece por los siguientes importes:

a’ Grupo con entrada general: 30 € por grupo.

b’ Grupo con entrada reducida: 20 € por grupo.

c’ Grupo con entrada gratuita: 10 € por grupo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

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