Artículo 12. Incremento de los límites máximos de consumo sujetos al descuento en factura del bono social eléctrico.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-20.
Texto consolidado
Se modifica la tabla del apartado 2 del anexo I del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica de la siguiente manera:
«Categorías
Límites máximos al consumo (kWh)
Demandante individual / Unidad de convivencia formada por dos personas.
1.587
Unidad de convivencia formada por tres personas / Pensionistas (cuantía mínima) / Unidad de convivencia formada por dos personas siendo una de ellas un menor.
2.222
Unidad de convivencia formada por cuatro personas / Unidad de convivencia formada por tres personas siendo dos de ellas menores.
2.698
Unidad de convivencia formada por cinco o más personas / Unidad de convivencia formada por cuatro personas siendo tres de ellas menores / Familias numerosas.
4.761»
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